El Gobierno vasco cobrará por horas los servicios de rescate y salvamento salvo a menores, discapacitados y fallecidos
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo del Gobierno vasco aprobó este martes cobrar por hora de servicio de rescate y salvamento de personas que ejerciten actividades deportivas o de ocio consideradas de riesgo, salvo cuando las víctimas sean menores de 16 años, personas con discapacidad intelectual o fallecidos en el suceso.
Tampoco estarán sujetas a la tasa las prestaciones de servicios de rastreo, rescate o salvamento de personas en el caso de situaciones de catástrofe o calamidad pública, así como por razones de interés general y no en beneficio de particulares o de bienes determinados.
La cuota se determinará atendiendo, por una parte, al número de efectivos y medios, tanto personales como materiales, que intervengan en la prestación del servicio, y, por la otra, al tiempo invertido en la prestación del servicio por cada uno de los efectivos y medios.
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa, establecida en euros por hora de servicio: medios humanos movilizados (por cada persona) 37,74 euros; por cada vehículo, 76,50; por cada helicóptero, 2.244,00; por cada embarcación -con una eslora menor o igual a 18 metros, 459,00, y con una eslora superior a 18 metros, 2.244,00.
Según el acuerdo, gozarán de exención de esta tasa los sujetos pasivos siguientes: "Quienes sufran de cualquier tipo de anomalía, deficiencia o alteración psíquica; las personas menores de 16 años de edad, y quienes hubieran fallecido durante el rescate o en la fase previa, así como en una fase posterior siempre y cuando sea como consecuencia de las causas que originaron el rastreo, rescate o salvamento".
Se considerarán como actividades recreativas y deportivas que entrañan riesgo o peligrosidad para las personas las siguientes, así como sus distintas modalidades y estilos: submarinismo, travesía de natación, windsurfing, flysurf, esquí acuático, wakeboard, wakesurf, skurfer, motos de agua, bodyboard, surf, rafting, hydrospeed, piragüismo, remo, navegación con embarcaciones, descenso de cañones y barrancos, puenting, goming, kite buggy, quads y escalada.
También espeleismo, bicicleta en montaña sin casco protector, motocross, vehículos a motor en montaña, raid y trec hípico, marchas y turismo ecuestre, esquí, snowboard, motos de nieve, paraski, snowbike, mushing, skibike, aerostación, paracaidismo, salto base, vuelo de ultraligeros, vuelo en aparatos con motor y sin motor, parapente, ala delta y parasailing.
(SERVIMEDIA)
08 Mar 2011
LMB