Discapacidad
El Ayuntamiento de Barcelona tendrá que cumplir con el dictamen del Comité sobre Derechos de las Personas con Discapacidad en el caso de un guardia urbano
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Barcelona ha determinado que el Ayuntamiento de Barcelona deberá cumplir con el dictamen del Comité de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) y tendrá que someter a una evaluación funcional alternativa a Vicenç Flores, un agente de la Guardia Urbana de Barcelona que fue jubilado forzosamente del cuerpo tras sufrir una incapacidad por un accidente de trabajo en 2009.
El 2 de abril de 2019, tras un largo periplo judicial ante los tribunales españoles, el Comité de la ONU entendió que el Estado había discriminado al señor Flores al negarle el paso a segunda actividad y recomendó a las autoridades públicas que evaluarán sus capacidades para permanecer en el cuerpo de policía y lo compensaran por los gastos judiciales ocasionados.
En su sentencia, fechada el pasado 16 de noviembre, el Juzgado ordena al Ayuntamiento de Barcelona implementar el contenido del dictamen. El juez, además, determinó que la negativa del Ayuntamiento de Barcelona a cumplir la decisión del Comité vulneró el derecho de Vicenç Flores a la igualdad y no discriminación y a la tutela judicial efectiva.
Tras conocer el contenido del fallo, el señor Flores comentó que a lo largo de estos 11 años había vivido "una travesía por el desierto llena de obstáculos que bien me podrían haber llevado a ninguna parte".
"Por suerte en ese camino me han ayudado muchas personas (Leonor Lidón, desde el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi); Àngel Gómez-Quintero, de la asociación Ailmed, además de familiares y amigos). Y evidentemente Rafael y Héctor de Gentium. Pero las cosas difíciles requieren de un largo camino y, aunque tuvimos muchos fracasos, aprendimos de cada uno de ellos y jamás perdimos el entusiasmo y el coraje de continuar por lo que considerábamos una causa justa. Como diría Antonio Machado, 'Caminante no hay camino, se hace camino al andar'. Pues eso he intentado realizar estos últimos años, ayudando a compañeras y compañeros de toda España con la misma problemática desde la Asociación para la Integración Laboral de Policías Locales con Discapacidad (AIL-POLD)', resaltó.
Flores confía ahora en que que el Ayuntamiento de Barcelona "se plantee de una vez por todas subsanar lo que ya se acreditó con el dictamen de la ONU y ahora con esta sentencia; y no recurra y repare el daño causado".
De todos modos, a su juicio, "aún no ha finalizado este proceso ni mucho menos para el colectivo de personas con discapacidad donde todavía existen muchas metas por conseguir". "Lo que tengo claro es que seguiremos luchando para que se hagan realidad”, indicó.
Rafael Cid, presidente y director de estrategia jurídica de la ONG Gentium, que le representó en el procedimiento, consideró además que esta sentencia es "importante desde dos perspectivas: en primer lugar, es un avance en el reconocimiento de una interpretación del derecho a la igualdad de las personas con discapacidad en el ámbito laboral acorde con los estándares internacionales marcados por el CDPD y, en segundo lugar, es una buena noticia para los derechos humanos en general, en la medida en que implica otro reconocimiento explícito de la consideración de los dictámenes de los Comités ONU para la protección de los Derechos Humanos como presupuesto habilitante para solicitar su cumplimiento ante las autoridades nacionales”.
El fallo del Juzgado de la Ciudad Condal sigue el precedente sentado por el Tribunal Supremo en 2018, cuando declaró que el Estado debía pagar 600.000 a Ángela González Carreño por el asesinato de su hija a manos de su expareja, tras haber recibido aquella un dictamen favorable del Comité de la ONU para la eliminación de la discriminación contra la mujer (Cedaw). Este fallo del Supremo, aplaudido entre las organizaciones de derechos humanos, abrió la puerta para que las víctimas reclamaran a las autoridades el cumplimiento de dictámenes de Comités de la ONU emitidos en su favor.
La reciente sentencia del Juzgado número 4 de Barcelona confirma esta posibilidad, supone un avance en el reconocimiento y la efectividad de los derechos humanos en España y contribuye al alineamiento de los derechos de las personas con discapacidad con los estándares internacionales. El Ayuntamiento de Barcelona cuenta con un plazo de 15 días hábiles para recurrir la sentencia.
(SERVIMEDIA)
25 Nov 2020
s/mjg