Laboral
Trabajo pone en consulta pública hasta el 27 de noviembre el proyecto de decreto sobre los incentivos al empleo
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha puesto en consulta pública hasta el 27 de noviembre el proyecto de real decreto por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo y en los que se incluyen los incentivos a la contratación.
El Ministerio ha puesto en consulta pública un documento de líneas generales sobre el decreto que quiere elaborar. Este trámite es previo a la redacción de la norma y busca recabar la opinión de ciudadanos, organizaciones y asociaciones que se puedan ver afectadas por la norma.
El texto señala que “contar con un marco actualizado de programas de activación para el empleo supone una necesidad compartida por todos los actores involucrados” y que la norma configuraría un “marco común de programas, flexibles y adaptables a la realidad laboral y social de cada territorio, sin limitar la capacidad de gestión y diálogo social de cada servicio público de empleo”.
El Gobierno ya ha presentado a los agentes sociales un borrador del decreto en el que propone subvenciones a partir de 4.000 euros para incentivar la contratación indefinida.
Fuentes sindicales indicaron a Servimedia que dicho borrador está consensuado en el diálogo social y que esta norma se aprobará antes de que termine el año.
En concreto, el decreto plantea ayudas de 4.000 euros “con carácter general” a la contratación indefinida inicial a tiempo completo (4.500 euros si la persona contratada es mujer, mayor de 45 años en el caso de personas con discapacidad o perteneciente a cualquier otro colectivo vulnerable que determine el Servicio Público de Empleo).
Esta cuantía será de 5.500 euros cuando se contrate a participantes en programas integrales de empleo perceptores de prestación o subsidio por desempleo, así como de la Renta Activa de Inserción, Ingreso Mínimo Vital u otras ayudas similares de las comunidades autónomas.
También podrán beneficiarse de esta ayuda personas con discapacidad que sean demandantes de empleo y servicios no ocupadas en el Servicio Público de Empleo, personas retornadas del extranjero, mujeres contratadas en ocupaciones o sectores con presencia mayoritariamente de hombres o que lleven más de 24 meses desempleadas después de ser madres y mayores de 45 años.
La ayuda de 5.500 euros se elevará a 6.000 euros si la persona contratada es mujer, mayor de 45 años en el caso de personas con discapacidad o perteneciente a cualquier otro colectivo vulnerable determinado por el Servicio Público de Empleo.
La subvención podrá ser de 7.000 euros (7.500 euros si la persona contratada es mujer, mayor de 45 años en el caso de personas con discapacidad o perteneciente a cualquier otro colectivo vulnerable que determine el Servicio Público de Empleo) para los contratos con personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo y que sean demandantes de empleo no ocupadas, personas en riesgo de exclusión social que participen en itinerarios de inserción laboral, mujeres consideradas especialmente vulnerables, mujeres víctimas de violencia de género, mayores de 45 años desempleados de larga duración y otras personas pertenecientes a otros colectivos.
Todas estas subvenciones podrán incrementarse hasta en 2.000 euros cuando la contratación indefinida se realice por trabajadora o trabajador autónomo, o por una cooperativa o sociedad laboral, que contrate a su primer empleado o empleada, con lo que la ayuda podría ser de hasta 9.500 euros.
Asimismo, podrán incrementarse en 2.000 euros la cuantía cuando las personas contratadas sean personas con discapacidad procedentes de un enclave laboral.
El decreto también incluye que la transformación de contratos temporales en indefinidos, incluidos los contratos formativos, se subvencionará con hasta 4.000 euros, salvo que la transformación se realice con personas trabajadoras con discapacidad, en cuyo caso la subvención será de 5.500 euros.
“Cada contratación indefinida incentivada deberá suponer un incremento neto de la plantilla fija de la empresa o entidad beneficiaria” y se deberá mantener al menos 12 meses, recoge el borrador.
(SERVIMEDIA)
12 Nov 2020
MMR/gja