Formación vial

La DGT renuncia a obligar a ir a la autoescuela antes del examen teórico

- Autoriza vídeos en la prueba teórica

- Facilita que personas con discapacidad puedan obtener el carné

MADRID
SERVIMEDIA

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aparcado su intención inicial de obligar a los aspirantes a obtener el carné de conducir a ir al menos ocho horas a clase en una autoescuela antes de presentarse al examen teórico.

Tráfico incluyó tal obligatoriedad en el primer borrador de un real decreto que reforma el Reglamento General de Conductores, pero esa norma, aprobada este martes por el Consejo de Ministros y publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), finalmente no recoge la formación presencial para obtener el permiso de conducir.

La versión inicial del real decreto, a la que tuvo acceso Servimedia, apostaba por una formación teórica presencial obligatoria en las autoescuelas de 8 a 12 horas, según el tipo de permiso, en las que habría testimonios de víctimas de accidentes de tráfico, bien de forma presencial o por medios audiovisuales.

Las materias obligadas versarían sobre los accidentes de tráfico, los grupos de riesgo al volante (en especial, los jóvenes), los colectivos vulnerables (peatones, ciclistas y motoristas), los factores de riesgo (velocidad, alcohol, drogas y fármacos), las distracciones al volante (como el uso del móvil), la utilización de elementos de seguridad (casco, cinturón y sillita infantil) y el respeto a las normas de circulación.

Sin embargo, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) rechazó en noviembre del año pasado tal pretensión de la DGT al considerar que "no se debe reservar la formación en exclusiva a las autoescuelas ni vincularse temporalmente al examen teórico, pues ello favorece a las autoescuelas frente a otros modelos de negocio (como los prestadores de formación 'online') sin que exista justificación para ello".

Además, la CNMC recomendó al Ministerio del Interior que "valore posibles alternativas a la exigencia de que esta formación se realice de forma presencial”.

El informe de la CNMC suscitó reacciones contrarias en el sector de la formación vial, ya que contó con el rechazo de la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE), que agrupa a la mayoría de los centros tradicionales, y el beneplácito de la Plataforma de Autoescuelas Digitales (PAD).

Además, para realizar el examen teórico específico (obligatorio para todos los permisos salvo el A, que faculta a conducir cualquier moto o triciclo, y el B, necesario para conducir coches) Tráfico barajaba exigir también horas presenciales, concretamente seis para los permisos AM, A1 y A2 (ciclomotores y motos de distinta cilindrada) y dos en el resto de permisos. Los futuros conductores recibirían formación sobre los factores de riesgo asociados a cada tipo de vehículo. Esa intención también se ha quedado en un cajón.

VÍDEOS EN EL EXAMEN

Por otro lado, el real decreto publicado en el BOE revisa el sistema formativo para los exámenes de tráfico. Así, mantiene como novedad que las preguntas del examen teórico, tanto común como específico, podrán estar precedidas por la visualización de vídeos sobre situaciones del tráfico antes de que el aspirante conteste. Y se rebaja del 20 al 10% la cantidad de errores en las preguntas para otorgar la calificación de apto en el examen teórico.

La reforma del Reglamento General de Conductores también afecta al examen práctico o prueba de control de aptitudes y comportamientos en circulación en vías abiertas al tráfico. Así, si el futuro conductor suspende por segunda vez el examen práctico, deberá esperar como mínimo 10 días para examinarse de nuevo (hasta ahora eran 12). Si suspende tres veces, tiene que mediar al menos 15 días hasta la cuarta prueba o sucesivas (antes eran 18).

Otra novedad se refiere a la prueba práctica de circulación en vías abiertas al tráfico para los aspirantes con hipoacusia o pérdida de la capacidad auditiva a sacarse el carné, en el sentido de que la jefatura de Tráfico correspondiente adoptará las medidas necesarias para que reciban óptimamente las instrucciones de los examinadores.

En el caso del permiso A1 (motos de hasta 125 centímetros cúbicos) o A2 (motos de mayor potencia), cuando el alumno con discapacidad auditiva no pueda recibir las instrucciones mediante un intercomunicador, tendrá el itinerario en un navegador GPS para moto, donde aparecerán puntos intermedios que deberá alcanzar y el destino final.

Además, el real decreto facilita que personas con dificultades asociadas al sistema locomotor puedan examinarse en determinados casos y previa valoración médica y mecánica individualizada, cuando no se vea comprometida la seguridad vial. Los avances de la ciencia y de la medicina hacen que la limitación actual -con la única excepción del cambio automático y la dirección asistida- sea injustificada.

Por último, la normativa obliga a que el aspirante a los permisos AM, A1 o A2 haga el examen práctico con una equipación mínima (casco homologado, guantes, chaqueta y pantalones concebidos para montar en moto, así como botas de cuero o material sintético similar que proteja suficientemente el tobillo). Los examinadores podrán verificar también que el alumno lleva las correcciones, prótesis o adaptaciones que correspondan, en caso de que fueran necesarias, y que estas son adecuadas.

(SERVIMEDIA)
11 Nov 2020
MGR/gja