Trasplantes
La Asamblea Médica Mundial aprueba una declaración contra el tráfico de órganos
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La Asamblea Médica Mundial (AMM), en su 71ª Asamblea General, ha aprobado una Declaración sobre la responsabilidad del médico en la prevención y la lucha contra el tráfico de órganos, una iniciativa en la que han trabajado el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom) y la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).
Según informó este miércoles el Cgcom, de acuerdo con datos del Observatorio Global en Donación y Trasplantes, que gestiona la ONT por designación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año se realizan entre 140.000 y 150.000 trasplantes en el mundo. La OMS calcula que entre un 5 y un 10 por ciento se llevan a cabo en un contexto de comercialización, de tráfico de órganos. No obstante, su dimensión real aún es desconocida.
Se sabe que los casos que salen a la luz representan sólo la punta del iceberg. El tráfico de órganos ocurre fundamentalmente en países en vías de desarrollo a los que viajan pacientes desesperados desde países ricos o con minorías ricas. Estos pacientes regresan posteriormente a sus países de origen para seguimiento clínico.
El presidente del Cgcom, el doctor Serafín Romero, consideró que “con esta declaración pretendemos incluir en los códigos de comportamiento que el médico sea un agente activo en la promoción de los trasplantes. Se trata de una medida complementaria al trabajo que España ha desarrollado en contra del tráfico de personas, con el convenio entre la Universidad de Granada, el programa DNA-PRO-Organ, la ONT y el Cgcom, para promover la identificación de personas y órganos con la idea de evitar actividades ilegales”.
A través de esta Declaración, se pretende “contribuir a la erradicación de este delito, guiando, formando y empoderando a los médicos para que acometan las acciones necesarias para prevenirlo y combatirlo”, aseguró la directora general de la ONT, Beatriz Domínguez-Gil, responsable de exponer y defender la Declaración en la AMM en representación de la delegación española.
PAPEL DEL MÉDICO
La Declaración se centra en escenarios en los que puede encontrarse el médico a lo largo de su vida profesional. Uno de ellos corresponde al proceso de evaluación de donantes vivos, que no sólo ha de realizar desde la perspectiva médica, sino también psicosocial, evaluando los motivos de la donación y la relación con el potencial receptor, y asegurando que la donación se realiza de forma altruista y libre de coacción económica o de otro tipo.
El médico también tiene el deber de informar a aquellos pacientes que se plantean obtener un órgano ilícito de las consecuencias de participar en esta actividad delictiva, para sí mismos y para su entorno. Han de disuadirles de obtener un órgano en este contexto.
La Declaración insiste en el deber del médico de cuidar y atender al paciente trasplantado, incluso cuando ha obtenido un órgano por medios ilícitos. No obstante, hace énfasis en dos deberes adicionales que emergen en esta situación.
Por un lado, el de reportar información sobre estos casos a las autoridades sanitarias, con la inclusión de datos en los registros nacionales de trasplantes, de modo que se puedan identificar “puntos calientes” de tráfico de órganos en el mundo, caracterizar los casos y evaluar el impacto del tráfico de órganos en la evolución después del trasplante.
NOTIFICACIÓN
Por otro lado, la Declaración recoge el deber de notificar a las autoridades competentes casos sospechosos o confirmados de tráfico de órganos para que se investiguen y persigan este tipo de prácticas. Para ello, dichas autoridades con las asociaciones médicas nacionales deben crear sistemas para la notificación de estos casos y han de considerar la modificación de los códigos de deontología médica, para que el tráfico de órganos sea una excepción al deber del médico de mantener el secreto profesional.
El texto va más allá y es firme en la necesidad de abordar la causa raíz de estos delitos: la escasez de órganos para trasplante. Para ello, los médicos deben considerar sistemáticamente la opción de la donación de órganos cuando una persona fallece en condiciones de ser donante, y posibilitarla si la donación es coherente con los valores y principios de la persona fallecida.
El papel de España en la lucha contra el tráfico de órganos es incuestionable. Nuestro país es líder en donación de órganos y asegura un adecuado acceso de sus pacientes a la terapia del trasplante, la mejor medida de prevención de este delito. La ONT comparte con países de los cinco continentes el denominado “Modelo español”, nuestra fórmula de éxito, a través de su sólido programa de cooperación internacional. España tiene además uno de los marcos regulatorios más garantistas y exigentes para evitar el tráfico de órganos, también muy duro en su persecución, con penas de prisión de hasta 12 años (artículo 156 bis del Código Penal).
(SERVIMEDIA)
04 Nov 2020
ABG/gja