Código Penal

ERC propone despenalizar las injurias a la Corona y los ultrajes a España

Madrid
SERVIMEDIA

ERC ha registrado en el Congreso de los Diputados una proposición de ley con el objetivo de modificar el Código Penal en aras de despenalizar las injurias a la Corona y los ultrajes a España.

En su exposición de motivos, ERC explicó que la libertad de expresión es “el derecho fundamental de toda persona a expresar ideas libremente y, por tanto, sin censura”, lo que le sirvió para apuntar que “una democracia avanzada y moderna debe asegurar a la ciudadanía su pleno derecho de la libertad de expresión” siguiendo el ejemplo de países con una larga data de tradición democrática, como EEUU.

Señaló que España ha de “superar estas censuras que tipifican como delitos la quema de banderas o la injuria a la Corona desde un concepto de sacralización de la imagen del Rey y de su familia”, poniendo como ejemplo de ello la “persecución” contra “personas, artistas o revistas satíricas por hacer uso de la libertad de expresión en tal sentido”.

ERC apuntaló su argumentación recordando que el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que “todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

También evocó que el artículo 10 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales ratificado por España en 1979, señala que “toda persona tiene derecho a la libertad de expresión". "Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o de comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras. El presente artículo no impide que los Estados sometan las empresas de radiodifusión, de cinematografía o de televisión a un régimen de autorización previa”.

Al mismo tiempo, subrayó que, en el caso de un delito contra un jefe de Estado, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, “ya ha declarado que una protección concedida por una ley especial sobre el delito no es, en principio, conforme con el espíritu del Convenio”, al tiempo que añadió que este tribunal afirma que “la quema de imágenes del Rey debe entenderse como un acto de rechazo hacia la institución de la Monarquía y que, por tanto, entra dentro del ámbito de la crítica política o la disidencia y está protegido por el derecho a la libertad de expresión”.

Esto le sirvió para dejar claro que “todas estas actuaciones, más allá de las consideraciones éticas, morales o políticas que tenga cada cual, no debieran figurar en el Código Penal español, siguiendo el criterio fijado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pues deberían ser consideradas como muestras de la libertad de expresión”.

Por todo ello, ERC registró esta proposición de ley en el Congreso para su debate en el Pleno con el objetivo de modificar el Código Penal en aras de despenalizar las injurias a la Corona y los ultrajes a España.

(SERVIMEDIA)
11 Ago 2020
MST/mjg