Nueva normalidad
Illa: "necesitamos tener cuanto antes" el decreto de la 'nueva normalidad' para hacer frente a los brotes
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El ministro de Sanidad, Salvador Illa, aseguró este jueves que "necesitamos tener cuanto antes" un marco legal como el decreto de la 'nueva normalidad' para hacer frente a los brotes del coronavirus en España.
Illa hizo estas declaraciones durante su defensa en el pleno del Congreso de los Diputados de la tramitación del 'Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19', que sentará las bases que regirán en la 'nueva normalidad'.
Durante su intervención, el titular de Sanidad recordó que cuando se declaró el estado de alarma, la transmisión del virus crecía semanalmente por encima del 35%, a finales de abril este incremento era del 5% y a finales de mayo se redujo al 1,5%. Hoy está por debajo del 1%.
"Esto no significa que el virus haya desaparecido. Hemos sido capaces de proteger la salud de los ciudadanos en este primer envite pero sabemos que el peligro sigue ahí y debemos tomar todas las precauciones hasta contar con un tratamiento eficaz o una vacuna segura".
Por ello, insistió en la necesidad de "contar de forma urgente con una normativa como este Real Decreto-Ley". Una normativa que está impulsada por el Ministerio de Sanidad y el de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, mantiene la obligatoriedad de las mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, así como en los transportes, “en condiciones económicas no abusivas”, añade.
El incumplimiento de este artículo será sancionado con multas de hasta 100 euros y serán las comunidades autónomas y las entidades locales a las que les corresponderá las funciones de vigilancia, inspección y control.
DETECCIÓN PRECOZ
El real decreto de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 recoge la declaración expresa de la Covid-19 como enfermedad de declaración obligatoria urgente.
Se introduce, además, el deber de las CCAA de suministrar información cuando se produzcan situaciones de emergencia para la salud pública, para garantizar la adecuada coordinación entre las autoridades sanitarias y reforzar el funcionamiento del Sistema Nacional de Salud. Además, deberán continuar facilitando los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica del Covid-19, así como la situación de la capacidad asistencial y necesidades de recursos humanos y material.
Los servicios de salud garantizarán que, en todos los niveles de la asistencia, y de forma especial en la atención primaria, se le realizará a todo caso sospechoso una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas, y que toda la información se transmita en tiempo y forma.
Las CCAA deberán velar por garantizar un número suficiente de profesionales involucrados en la prevención y control de la enfermedad, su diagnóstico temprano, la atención a los casos y la vigilancia epidemiológica, así como crear planes de contingencia para asegurar una respuesta rápida y coordinada.
RESIDENCIAS DE MAYORES
En cuanto a los centros residenciales de personas mayores o con necesidades especiales, las administraciones competentes deberán garantizar la coordinación de estos centros y disponer de planes de contingencia por Covid-19 orientados a la identificación precoz de posibles casos entre residentes y trabajadores, y sus contactos.
Los establecimientos, medios de transporte o cualquier otro lugar, centro o entidad pública o privada en los que las autoridades sanitarias identifiquen la necesidad de realizar trazabilidad de contactos, tendrán la obligación de facilitar a las autoridades sanitarias la información de la que dispongan relativa a la identificación y datos de contacto de las personas potencialmente afectadas.
(SERVIMEDIA)
25 Jun 2020
ABG/gja/mjg