Transporte

Adif mantiene la no exigibilidad de pago a los inquilinos de sus locales

- Podrán pedir moratoria o reducción de renta

MADRID
SERVIMEDIA

Adif y Adif-Alta Velocidad mantendrán la no exigibilidad del pago de los alquileres de sus inmuebles para los arrendatarios cuya actividad se ha visto significativamente afectada por las medidas adoptadas en el estado de alarma, con el objetivo de asegurar su liquidez y así contribuir a la reactivación económica y aliviar la crisis generada por el coronavirus.

Adif está procediendo a facturar o emitir recibo de todos los alquileres que cobra por sus inmuebles dado que, por motivos fiscales, está obligada a hacerlo. Pero en ningún caso está exigiendo a los inquilinos el pago de las rentas devengadas durante el periodo de estado de alarma y sus prórrogas.

Adif informó a sus inquilinos por carta o por otros medios del nuevo escenario y les confirmó que una vez finalizara el estado de alarma se contactaría con ellos para tratar sobre su situación y, en su caso, proceder a un reequilibrio de las condiciones de los contratos de arrendamiento durante el estado de alarma.

Esta medida, que ya fue anunciada por el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, ha sido recogida en el artículo 10 del Real Decreto ley 23/2020, de 23 de junio, publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Así, se establece que Adif y Adif Alta Velocidad podrán acordar con los arrendatarios de sus inmuebles arrendados para uso distinto de vivienda una moratoria o reducción de la renta por el impacto provocado por la crisis del Covid-19. Este acuerdo exigirá la solicitud previa de los arrendatarios en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de este real decreto-ley.

Esta medida alcanza no sólo a todos los locales comerciales en las estaciones que gestiona Adif y Adif Alta Velocidad que hayan tenido que cerrar como consecuencia de la crisis sanitaria, sino también a todos los locales e inmuebles arrendados no situados en estaciones de viajeros, pero que forman parte del patrimonio de Adif y Adif Alta Velocidad.

Tras la publicación del citado Real Ley 23/2020, y tal y como se les anticipó, se procederá a negociar con cada arrendatario el tratamiento de esas rentas no exigidas en el periodo de alarma y, en su caso, una reducción parcial de las mismas en función del impacto que la pandemia haya producido en sus actividades. Todo ello se realizará con arreglo a criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios, así como con la finalidad de conseguir un reparto equitativo del riesgo entre las partes, explica Adif en un comunicado.

(SERVIMEDIA)
24 Jun 2020
JRN/mjg