Medio ambiente
La CNMC cuestiona que los propietarios de gasolineras deban instalar puntos de recarga eléctricos
- Y que se deban instalar un mínimo de 3.000 megavatios renovables cada año
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cuestiona la obligación para los titulares de estaciones de servicio de instalar puntos de recarga del coche eléctrico y propone permitir, como alternativa a que ellos mismos realicen la inversión, que sea un tercero (contrato de hospitalidad) el que utilice el espacio y se encargue de instalar y gestionar el punto de recarga.
Así lo sostiene la CNMC en su informe sobre el anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética, en el que analiza los cambios normativos propuestos por el Ministerio para la Transición Energética y el Reto Demográfico para cumplir con los compromisos internacionales adquiridos por España en la materia.
En cuanto a la retribución de renovables, la CNMC considera positivo que se mantenga un sistema basado en la competencia entre las distintas empresas para impulsar el desarrollo de instalaciones de generación renovables. Sin embargo, explica que es demasiado rígido fijar un volumen mínimo de puesta en servicio de al menos 3.000 megavatios (MW) cada año y hacerlo además a través de una ley.
Sobre el sistema de retribución propuesto, que dejará de tomar como referencia la capacidad instalada para tener en cuenta un precio fijo por la energía generada, la CNMC advierte de que no está claro si estos procedimientos de concurrencia competitiva o subastas son compatibles o mutuamente excluyentes con los previstos en la vigente Ley del Sector Eléctrico.
Por otro lado, considera positivo que el nuevo sistema retributivo tenga en cuenta las distintas tecnologías y sus diversos costes de producción ya que, de lo contrario, tecnologías complementarias a la eólica y la fotovoltaica a gran escala podrían no encontrar incentivos a su instalación.
Además, señala que es importante que las subastas que se convoquen se analicen siempre bajo la normativa europea de ayudas de Estado, que solo permite retribuir las instalaciones renovables que no sean competitivas solo con la venta a mercado.
Por otra parte, considera muy positivo que el texto contemple que se imponga a los grupos de sociedades designados como gestor de la red de transporte de electricidad o gas natural (como Red Eléctrica de España, Enagás Transporte y Reganosa), la obligación de comunicar a la CNMC las adquisiciones que realicen en actividades de diversificación y de internacionalización.
En la misma línea, propone ampliar la redacción de la disposición final segunda del anteproyecto para impedir que las sociedades que ejercen actividades reguladas puedan otorgar directamente préstamos a otras sociedades de su mismo grupo empresarial.
Por último, propone que se le incluya en el grupo de organismos (Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) que, cada dos años, tendrán que elaborar informes sobre el riesgo para el sistema financiero y energético español derivado del cambio climático y de las políticas llevadas a cabo para combatirlo.
(SERVIMEDIA)
20 Mayo 2020
JBM/gja