Justicia

La Fiscalía se opone a la demanda de los médicos contra Sanidad por "inactividad" pero respalda que se tramite en el Supremo

MADRID
SERVIMEDIA

La Fiscalía del Tribunal Supremo pedirá que se desestime la demanda presentada por la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM) contra el Ministerio de Sanidad al que acusaban de “inactividad” por no haber suministrado a los centros hospitalarios y residenciales equipos de protección completos con batas impermeables, mascarillas FPP2, FPP3, gafas de protección, calzas específicas y contenedores de grandes de residuos.

En cambio, el Ministerio Público no se opone a que la Sala de lo Contencioso-administrativo admita a trámite la demanda de los sindicatos médicos reclamando material de protección cuando la pandemia registraba sus peores cifras.

Según informó la Fiscalía General del Estado en un breve comunicado, los fiscales del Tribunal Supremo (TS) no están de acuerdo con la reclamación que plantea la CESM, pero cree oportuno que la demanda siga su tramitación para que sea el Supremo el que se acabe pronunciando sobre el fondo de la cuestión.

El escrito rubricado por el fiscal de Sala del Tribunal Supremo Pedro Crespo sostiene que no está demostrado que la situación en los centros sanitarios durante las primeras semanas de pandemia se debiera "de manera objetiva, primordial y determinante, en acreditada relación de causa-efecto, a un concreto e identificable incumplimiento por la Administración de su obligación de adoptar medidas dirigidas a garantizar la posibilidad de determinar la mejor distribución en el territorio de todos los medios técnicos y personales".

Pese ello, el fiscal cree que la tutela de los derechos fundamentales invocados en la demanda, entre ellos el derecho a la integridad física del personal sanitario (artículo 15 de la Constitución), “exige completar la valoración de los hechos enjuiciados mediante el conocimiento pleno de la información que, antes de la terminación del proceso, pueda aportarse a la Sala”.

La CESM presentó su demanda el pasado 26 de marzo solicitando la adopción de la medida cautelarísima de obligar al departamento que dirige Salvador Illa a entregar de manera inmediata el material de protección necesario a todos los centros sanitarios del país.

El tribunal rechazó la cautelarísima, destinada a casos de urgencia extraordinaria y la tramitó como medida cautelar para dar a Sanidad la oportunidad de hacer sus alegaciones que llegaron a través de la Abogacía del Estado.

Pese a la oposición del Ministerio Público, el TS acordó como medida cautelar la exigencia de Sanidad de hacer los esfuerzos que estuvieran a su alcance para suministrar material de protección y establecía un plazo de 15 días para que se informara al Supremo de las gestiones realizadas, incluyendo operaciones de compra de material, recepción y reparto entre los sanitarios.

El siguiente paso debe ser el pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión para decidir si el Ministerio de Sanidad incurrió en algún tipo de responsabilidad por no haber actuado con la eficacia suficiente para solucionar la falta de equipos de protección.

Según la demanda de los sindicatos médicos “la Administración no ha garantizado la provisión de material de protección según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y del propio Ministerio de Sanidad, a los profesionales sanitarios del conjunto de medidas y elementos necesarios para que puedan realizar su trabajo en condiciones mínimas de seguridad y no verse así contagiados por los pacientes o aumentar el riesgo que los mismos sufren, y evitar la propagación de la enfermedad, siendo un hecho notorio y público, que los profesionales del ámbito de la salud pública están prestando servicios sanitarios con muchas dificultades”.

(SERVIMEDIA)
13 Mayo 2020
SGR/mjg