Seguridad vial

El Defensor del Pueblo denuncia la desprotección de los conductores sancionados

- Ve "sobrevaloración" en el criterio de las policías y la Guardia Civil

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo señala que los conductores denunciados pueden sentirse desprotegidos ante la "sobrevaloración" del criterio de los agentes de la autoridad (policías y Guardia Civil) cuando detectan alguna infracción relacionada con las normas de seguridad vial.

Así se recoge en el último informe anual del Defensor del Pueblo, correspondiente a 2019 y hecho público este miércoles. El documento analiza algunas actuaciones de esta institución dirigida en funciones por Francisco Fernández Marugán respecto al derecho de defensa del conductor denunciado desde la perspectiva de la prueba que puede exigir para demostrar sus alegaciones cuando recurre la multa.

El Defensor del Pueblo indica que la experiencia de esta oficina indica que "no es inusual" que la administración pública que instruye la denuncia "no resuelva nada al respecto y en la resolución se haga una referencia a ella en términos vagos e imprecisos y de carácter general".

Recalca que ello se debe, "en gran medida, en la sobrevaloración que se hace de la presunción de veracidad, que se atribuye a las denuncias de los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones de vigilancia del tráfico".

El Defensor destaca que esa presunción de veracidad "no significa que los hechos de la denuncia queden demostrados", ya que es "simplemente una regla para valorar la prueba en el procedimiento" y la denuncia debe ser "contrastada" con "otros medios probatorios, si es posible".

"En la práctica, en gran medida, la presunción de veracidad da lugar a resoluciones mayoritariamente acordes con la denuncia", recalca, antes de subrayar que la ley que regula el procedimiento sancionador en materia de tráfico, de 2009, indica que "la veracidad de los hechos otorgada por los medios técnicos homologados o por los agentes de la autoridad dejan poco margen a la duda".

Sin embargo, el Defensor del Pueblo reitera que la Administración Pública que sancione debe explicar "solventemente la valoración que ha hecho de la presunción de veracidad y usar esos medios técnicos (hoy tan accesibles) para confirmar o desmentir el testimonio del agente de la autoridad".

(SERVIMEDIA)
13 Mayo 2020
MGR/mjg/gja