Universidad y Ciencia
El Gobierno anuncia la prórroga de contratos temporales de profesores e investigadores universitarios durante el estado de alarma
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El Consejo de Ministros aprobó este martes la prórroga de los contratos temporales del profesorado universitario y del personal investigador durante el estado de alarma, tras una propuesta conjunta del Ministerio de Universidades, el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Ministerio de Ciencia e Innovación.
Según la información difundida por Universidades, los contratos de ayudantes, profesores ayudantes doctores, profesores asociados y profesores visitantes, celebrados conforme a los artículos 49, 50, 53 y 54 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cuya duración máxima esté prevista que finalice durante la vigencia del estado de alarma, se prorrogarán de acuerdo a lo aprobado por el Gobierno, salvo que pacten lo contrario las partes.
Además, las entidades que hayan suscrito contratos de trabajo de duración determinada con cargo a la financiación procedente de convocatorias de ayudas de recursos humanos realizadas por agentes de financiación del Sistema Estatal de Ciencia, Tecnología e Innovación podrán prorrogar su vigencia sólo cuando reste un año o menos para la finalización de los correspondientes contratos de trabajo.
Universidad precisó en una nota que ambas prórrogas se realizarán por una extensión equivalente al tiempo de duración del estado de alarma y, en su caso, sus prórrogas, y que "excepcionalmente, por motivos justificados, las partes podrán acordar, con carácter previo a la fecha de finalización del contrato, una prórroga de los mismos por hasta tres meses adicionales al tiempo de duración del estado de alarma y sus prórrogas".
Además, cuando los contratos hayan sido suspendidos para posibilitar que las personas contratadas se integren en el Sistema Nacional de Salud para atender las contingencias derivadas de la situación de emergencia sanitaria causada por el coronavirus Covid-19, el tiempo de suspensión se adicionará al establecido previamente.
La duración de los contratos prorrogados en aplicación de esta disposición adicional podrá exceder los límites máximos previstos para los mismos en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre.
(SERVIMEDIA)
31 Mar 2020
AHP/gja