Tribunales
La Fiscalía no ve “datos objetivos” para actuar contra Infancia Libre y archiva la causa
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La Fiscalía Provincial de Madrid ha archivado la causa relacionada con la asociación Infancia Libre ante la ausencia de “datos objetivos” que pudieran llevar a asegurar que funcionaba como una organización ilícita.
La conclusión a la que llega el Ministerio Público se basa en dos motivos: que no se ha podido establecer una conexión “directa” de muchas de las mujeres que supuestamente interpusieron denuncias falsas contra los padres de sus hijos con la asociación y porque en la mayoría de los supuestos se presentaron en fechas anteriores a la constitución de Infancia Libre o cuando ésta ya había dejado de tener actividad.
Y es que a lo largo de la investigación “únicamente” ha quedado acreditada la comisión de un delito de sustracción de menores, “en base a la acusación formulada por la Fiscalía contra M. S. S.” y un delito de desobediencia “por la acusación formulada contra A. M. B. V. “, en ambos casos por hechos cometidos cuando la asociación ya había dejado de tener actividad”.
Por tanto, el escrito de archivo explica que el hecho de que un miembro de una asociación cometa un delito “no conduce necesariamente a considerar que ese fin concreto era el exclusivamente buscado por la asociación a la que pertenecía”, ya que la jurisprudencia exige que la finalidad delictiva “ha de ser querida y pretendida por la propia asociación, no por el propósito individual de alguno de sus miembros”.
El objeto de las diligencias de investigación se centraba en comprobar la existencia de un entramado del que formarían parte las madres denunciantes, tres profesionales médicos, todos ellos ejerciendo sus funciones dentro del Servicio Público de Salud, dos en Granada y otro en Madrid, y dos abogados que habrían dado cobertura legal a estas actuaciones.
De esta forma, tal y como exige la jurisprudencia, cabría la posiblidad de que se hubiera constituido una auténtica organización “con una clara finalidad y una división de funciones precisa”. Pese a ello, la Fiscalía subraya que “de las diligencias practicadas y de la documentación aportada, dicho entramado no queda acreditado”.
Es más, hace hincapié en que “en todos los casos referenciados no consta dato alguno de que se haya incoado procedimiento judicial, de oficio o por denuncia de particular, por un posible delito de denuncia falsa, por lo que se parte de la comisión por parte de la asociación y de sus miembros de delitos de denuncia falsa, sin que haya quedado acreditado, siquiera de forma indiciaria, que se haya incoado procedimiento alguno por este delito contra alguna de las mujeres supuestamente implicadas”.
ANTECEDENTES
La investigación parte de un oficio que la Policía remitió a la Fiscalía el pasado 19 de julio en el que daba cuenta, entre otras cosas, de que en distintos días habían sido detenidas tres mujeres (M. S . S. , P. A. G. A. y A. M. B. V.), todas ellas miembros de Infancia Libre, “en base a la acusación formulada por la Fiscalía contra M. S. S.” y un delito de desobediencia “por la acusación formulada contra A. M. B. V. “, en ambos casos por hechos cometidos cuando la asociación ya había dejado de tener actividad”.
Por tanto, el escrito de archivo explica que el hecho de que un miembro de una asociación cometa un delito “no conduce necesariamente a considerar que ese fin concreto era el exclusivamente buscado por la asociación a la que pertenecía”, ya que la jurisprudencia exige que la finalidad delictiva “ha de ser querida y pretendida por la propia asociación, no por el propósito individual de alguno de sus miembros”.
El objeto de las diligencias de investigación se centraba en comprobar la existencia de un entramado del que formarían parte las madres denunciantes, tres profesionales médicos, todos ellos ejerciendo sus funciones dentro del Servicio Público de Salud, dos en Granada y otro en Madrid, y dos abogados que habrían dado cobertura legal a estas actuaciones.
De esta forma, tal y como exige la jurisprudencia, cabría la posiblidad de que se hubiera constituido una auténtica organización “con una clara finalidad y una división de funciones precisa”. Pese allo, la Fiscalía subraya que “de las diligencias practicadas y de la documentación aportada, dicho entramado no queda acreditado”.
Es más, hace hincapié en que “en todos los casos referenciados no consta dato alguno de que se haya incoado procedimiento judicial, de oficio o por denuncia de particular, por un posible delito de denuncia falsa, por lo que se parte de la comisión por parte de la asociación y de sus miembros de delitos de denuncia falsa, sin que haya quedado acreditado, siquiera de forma indiciaria, que se haya incoado procedimiento alguno por este delito contra alguna de las mujeres supuestamente implicadas”.
Así pues, la Fiscalía afirma que “los vínculos trazados en el oficio policial para vincular a las distintas mujeres supuestamente implicadas en la asociación no han quedado acreditados”. En todo caso el Ministerio Público sostiene que quienes más vínculos pudieran tener con Infancia Libre, además de sus dos fundadoras son, “sin duda”, P. A. G. A. y A. M. B. V., “pues la policía relata cómo, en un intento de evitar el contacto de sus hijos con sus progenitores, actuaron en términos parecidos a M. S. S., respecto a la cual se ha formulado escrito de acusación por un presunto delito de sustracción de menores, si bien, debe significarse que esta actuación delictiva la cometió en el año 2018 (…), esto es, cuando la asociación había dejado de tener actividad”.
Cita la Fiscalía otros dos casos referidos A.G.A. y A.M.B.V en los que los hechos investigados por incumplimiento del régimen de visitas se produjeron “cuando la asociación estaba inactiva”. “El examen conjunto de todos los testimonios aportados”, explica la Fiscalía, “evidencia es una mala relación entre los progenitores que ha dado lugar a denuncias cruzadas entre ambos y a multitud de incidentes relativos al ejercicio de la guardia y custodia y del régimen de visitas”. En alguno de esos casos el padre estaba condenado por malos tratos a la hija menor de edad.
Respecto a otras mujeres, en el caso de O. M. G. M. sólo aparecen comentarios favorables a Infancia Libre en su página de Facebook o una denuncia archivada antes del nacimiento de la asociación. La única vinculación M. C. D. M. es que su hija fue asistida por la pediatra y psicóloga relacionadas con la asociación sin que conste la existencia de procedimiento penal alguno por supuestos malos tratos o abusos contra la menor. Por lo que respecta a S.H. existe una denuncia por abusos a sus hijos que no fue interpuesta por la mujer sino que se inició por la comunicación remitida por dos doctoras de un hospital de Granada.
En resumen, tras examinar todos los casos, la Fiscalía “solamente” podría establecer una vinculación directa y acreditada con Infancia Libre de las dos fundadoras de la asociación “si bien, habiendo ambas interpuesto denuncias por supuestos malos tratos a sus hijos menores cometidos por sus progenitores, circunstancia que hizo que entrabaran una relación y que constituyeran una asociación para tratar estos temas, la forma en que afrontaron los procedimientos judiciales cada una fue muy diferente y evidencia que no hubo una estrategia común, lo que, además, resulta difícil de justificar, pues denunciaron esos supuestos abusos al menos, un año antes de que la asociación se crease”.
En relación al resto de mujeres implicadas no existe a juicio de la Fiscalía una vinculación “directa” con Infancia Libre, “más allá de aparecer tres de ellas en unas fotografías publicadas en prensa apoyando la asociación, o haber hecho algún comentario apoyando la asociación a través de las redes sociales”.
Al no existir esa relación directa con la asociación, “ni tan siquiera con las dos fundadoras”, la vinculación se establece por el hecho de haber interpuesto denuncias, “que fueron archivadas en la mayoría, aunque no en todos los casos” contra los padres de sus hijos menores por posibles abusos o malos tratos, habiendo intervenido en alguno de los casos en esos procedimientos los profesionales médicos y los letrados a los que se vincula con la asociación. “Sobre este punto, debe destacarse que de las diecisiete posibles implicadas en la asociación, incluidas sus dos fundadoras, solo fueron asistidas por (…) en los procedimientos penales entablados siete de ellas, debiendo significarse que en la mayoría de los casos intervinieron también otros letrados cuya profesionalidad en ningún caso ha sido cuestionada”.
(SERVIMEDIA)
31 Ene 2020
SGR/gja