El TS estima el recurso de un menor transexual que solicita cambio de sexo y nombre en el registro

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, reunida en pleno, ha resuelto el recurso de casación en su día interpuesto por los padres de una menor transexual, que pretendió cambiar el sexo femenino por el masculino, y que le fue negado por no ser mayor de edad. El TS autoriza los cambios considerando que la menor acredita suficiente madurez y vive una situación estable de transexualidad.

Al examinar por primera vez el recurso de casación, la Sala Primera planteó cuestión de inconstitucionalidad de la norma reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, al albergar dudas de que la exigencia de la mayoría de edad fuera conforme con las previsiones de la Constitución Española.

El Tribunal Constitucional resolvió la cuestión en la sentencia 99/2019, de 18 de julio, y declaró que la inconstitucionalidad del artículo 1.1 de la Ley 3/2007 es efectiva en la medida en que se aplica a menores de edad con suficiente madurez y que se encuentran en una situación estable de transexualidad.

El Tribunal Supremo casa la sentencia y remite los autos al tribunal de apelación para que este, tras realizar la audiencia del menor para comprobar si tiene suficiente madurez y una situación estable de transexualidad, considera que ambas condiciones quedan acreditadas, por lo que la la minoría de edad del demandante no le priva de legitimación para solicitar la rectificación dela mención registral del sexo.

Indica, además, que el hecho de no haber estado sometido durante al menos dos años a tratamiento no le impide obtener la rectificación solicitada, y establece que una nueva sentencia se pronuncie sobre todas las demás cuestiones, de hecho y de derecho, planteadas en el recurso de apelación del demandante.

(SERVIMEDIA)
18 Dic 2019
SGR/pai