Salud

Archivada la causa por la muerte de pacientes de hepatitis C contra los altos cargos del Sergas

- El magistrado no puede afirmar que “la muerte de los pacientes sea imputable causalmente a los investigados”

MADRID
SERVIMEDIA

El Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago de Compostela ha decretado el sobreseimiento provisional de la causa y archivo de las actuaciones respecto al director de Asistencia Sanitaria de la Xunta y a la subdirectora de Farmacia del Servizo Galego de Saúde (Sergas), quienes fueron investigados como presuntos responsables de delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y prevaricación por, presuntamente, no facilitar el tratamiento de pacientes de hepatitis C.

“No podemos afirmar que la muerte o fallecimiento de los pacientes sea imputable causalmente a los investigados”, indica el magistrado, quien subraya que “el fallecimiento sobrevino por causas ajenas a la demora, omisión o dilación en la tramitación de las peticiones o solicitudes de aplicación de los nuevos fármacos”.

El juez destaca que los medicamentos “se hallaban todavía en fase casi experimental y con unos resultados que todavía eran inciertos, de ahí la necesidad de que las autoridades sanitarias diseñasen mecanismos o procedimientos destinados a precisar con sumo cuidado aquellos casos en los que estaría indicada su aplicación”.

El auto, que puede ser recurrido, señala que tampoco se puede concluir que, de haberse aplicado a los pacientes los nuevos fármacos, se hubiese evitado su fallecimiento. “Si analizamos el exhaustivo informe que ha sido emitido por el Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga), la conclusión que se extrae es que el fallecimiento de los pacientes se produjo por causas ajenas al suministro de los nuevos fármacos”, recalca el juez, quien añade que del informe forense se infiere que los nuevos tratamientos antivirales “lo que conseguían era una eficacia muy alta a la hora de eliminar el virus de la hepatitis C, pero ello no quiere decir que los pacientes se curaran”.

El procedimiento diseñado por el Sergas para garantizar el acceso de los pacientes a los nuevos medicamentos de la hepatitis C, según el auto, es “muy similar al aplicado en otras comunidades autónomas”.

El magistrado señala que en la fecha de los hechos los nuevos tratamientos “ni siquiera se hallaban plenamente admitidos por la Agencia Europea del Medicamento, de modo que su acceso solo podría hacerse de modo extraordinario como uso compasivo para aquellos pacientes en una situación de especial gravedad”. Además, indica que las autoridades sanitarias debían “ceñirse a las exigencias del titular de la patente, en este caso Gilead, único laboratorio que los fabricaba”.

(SERVIMEDIA)
27 Nov 2019
SGR/pai