Cataluña

El TC avala preceptos catalanes sobre contratos de compraventa de negocios pero anula el procedimiento notarial para resolver conflictos

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado los artículos del Código Civil catalán que regulan el contrato de compraventa, el de permuta, el de mandato y la gestión de negocios ajenos, que habían sido impugnados por el Gobierno de Mariano Rajoy por invadir competencias estatales. Sin embargo, anula la regulación del procedimiento notarial de resolución de conflictos.

El Constitucional considera que los artículos del Código Civil catalán relativos a este último punto vulneran competencias del Estado contempladas en el artículo 149.1.6 de la Constitución. Todos los demás artículos impugnados quedan en vigor, ya que su regulación estaría dentro de las competencias atribuidas a las comunidades autónomas.

Entiende el Tribunal Constitucional que la normativa que avala por siete votos a favor y cinco en contra está amparada por las instituciones del derecho civil catalán existentes antes de que entrara en vigor la Constitución, por lo que pueden ser objeto de regulación por parte de la Generalitat.

En cuando a la compraventa de consumo, la sentencia explica que Cataluña ha asumido competencias legislativas en esta materia y que, además, la regulación hecha por las autoridades catalanas está en línea con la legislación básica estatal.

La sentencia se ha aprobado con varios votos particulares, entre ellos el del magistrado Andrés Ollero, que defiende la competencia autonómica para desarrollar el derecho foral, es decir, para aprobar un Código Civil completo.

Por su parte, Antonio Narváez también ha formulado un voto, al que se ha adherido Santiago Martínez-Vares. Ellos discrepan de la sentencia porque entienden que falta conexión entre las instituciones tradicionales que regulaba el Derecho catalán (rescisión del contrato por lesión y venta a carta de gracia) y la regulación completa que hace el Código Civil de Cataluña del contrato de compraventa.

(SERVIMEDIA)
22 Nov 2019
SGR/pai