Elecciones generales
Celaá no podrá hacer “valoraciones electoralistas” cuando informa del Consejo de Ministros
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La Junta Electoral Central (JEC) acordó este miércoles instar a la portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá, a que en adelante no realice “valoraciones políticas con connotaciones electoralistas” durante las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros.
La JEC estima así parcialmente el recurso que Ciudadanos presentó tras la comparecencia de Celaá en La Moncloa del pasado viernes, 27 de septiembre, en la que realizó afirmaciones como que “el PSOE sale a ganar las elecciones” del 10-N o que los socialistas buscan formar un Gabinete “en solitario”.
Aunque se insta a Celaá a no realizar en adelante este tipo de manifestaciones tras el Consejo de Ministros, se rechaza la petición de la formación naranja de abrir expediente sancionador a la ministra.
La autoridad electoral entiende que sus declaraciones del pasado viernes fueron “espontáneas” y en respuesta a preguntas de los periodistas.
El acuerdo adoptado este miércoles considera que las valoraciones sobre el 10-N que la portavoz realizó el 27 de septiembre vulneraron el artículo 50.2 de la Ley Electoral General (Loreg), ya que la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros es un “acto organizado por un poder público”.
“ESTRICTA NEUTRALIDAD”
Según la resolución, “el hecho de que las ruedas de prensa constituyan una práctica institucionalizada, no exime a los poderes públicos de respetar el principio de neutralidad que dimana del artículo 103.1 de la Constitución y que es desarrollado por el artículo 50.2 de la Loreg”.
Por este motivo, la JEC considera que procede “instar a la ministra a que, en lo sucesivo, maximice su deber de cuidado para no efectuar valoraciones políticas con connotaciones electoralistas que puedan quebrantar la estricta neutralidad que han de mantener los poderes públicos a lo largo de todo el proceso electoral”.
No obstante, se considera que, “atendiendo a las restantes circunstancias que rodean estos hechos, no procede la adopción de medidas sancionadoras adicionales, por lo que debe desestimarse la petición de que se abra expediente sancionador”, en referencia a lo que pedía Ciudadanos.
Como eximente, la autoridad electoral entiende que Celaá hizo las afirmaciones del 27 de septiembre “en el marco de las preguntas y requerimientos de la prensa, dado el interés de algún medio de comunicación por conocer determinados aspectos de la estrategia electoral del PSOE de cara a las próximas elecciones”.
“Por consiguiente”, señala la JEC, “resulta razonable colegir que se trata de manifestaciones espontáneas y que su grado de intencionalidad es mínimo, por lo que la falta de la diligencia debida en que incurrió la referida ministra no es susceptible de incoar el expediente sancionador que solicita la formación política denunciante”.
(SERVIMEDIA)
02 Oct 2019
NBC/pai