La Rioja regula por decreto el acceso a centros de día y ocupacionales para garantizar los derechos de las personas con discapacidad
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El Gobierno de La Rioja ha aprobado hoy el Decreto por el que se regulan los requisitos y el procedimiento de acceso a los servicios de centro de día y centro ocupacional para las personas con discapacidad valoradas por el Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia. De esta forma se garantiza el derecho subjetivo de las personas con discapacidad.
Los servicios de centro de día y centro ocupacional son los recursos especializados de atención diurna para personas con discapacidad en los que se presta una atención integral a las personas en situación de dependencia, con el objetivo de mejorar o mantener el nivel de autonomía personal y de apoyar a las familias o cuidadores.
Los usuarios reciben atención desde un enfoque biopsicosocial, asesoramiento, prevención, rehabilitación, orientación para la promoción de la autonomía, habilitación o atención asistencial y personal. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia establece este servicio en su catálogo de servicios y prestaciones.
La nueva configuración del Sistema Riojano para la Autonomía Personal y la Dependencia prevista en la Ley 7/2009, de 22 de diciembre, de Servicios Sociales de La Rioja hace necesario desarrollar los requisitos y el sistema de acceso a los servicios de centro de día y de centro ocupacional para personas con discapacidad, lo que actualmente se realiza mediante la Orden 5/2005, de 4 de julio, de la Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales (que será derogada con la publicación del Decreto) y la Orden 3/2007, de 7 de mayo, de la Consejería de Juventud, Familia y Servicios Sociales, modificadora de la anterior.
La situación de dependencia de la persona y el diagnóstico de la discapacidad son elementos diferenciadores importantes para la atención en el servicio de centro de día o en el servicio de centro ocupacional y la asignación del tipo de plaza concreta, según explica en su acuerdo el Gobierno riojano.
La asignación a uno u otro servicio dependerá de la capacidad de la persona para su integración social y de las necesidades de atención personal, habilitación y rehabilitación. Para acceder a las plazas deben reunirse los siguientes requisitos: tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de los grados y niveles establecidos en la Ley 39/2006; tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y un diagnóstico que pueda ser atendido en la clasificación de plazas públicas; residir en La Rioja en el momento de la solicitud y haber residido en territorio español durante cinco años, dos de ellos los previos a la solicitud; tener entre 18 y 60 años de edad; y no padecer trastornos graves y continuados de conducta o comportamientos que puedan distorsionar la convivencia en el centro.
(SERVIMEDIA)
03 Dic 2010
LMB