La Seguridad Social destina 155,2 millones a bonificar a 123.000 empresas por su baja siniestralidad
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Tesorería General de la Seguridad Social va a abonar 155,2 millones de euros a 123.182 empresas que "contribuyeron especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral" durante el ejercicio 2017, informó este miércoles el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Se trata de un bonus equivalente al 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales, ampliable en otro 5% si ejecutan inversiones en alguna de las acciones complementarias de prevención de riesgos laborales previstas en la normativa.
La cuantía la transferirá hoy la Tesorería General a las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social, siendo éstas las encargadas después de abonarlo a las empresas que lo han solicitado y que cumplen los requisitos.
El pago se hace con cargo al Fondo de Contingencias Profesionales y su origen data de 2010, cuando, para incentivar a todas las empresas a mejorar la prevención de riesgos laborales, se puso en marcha, mediante el Real Decreto 404/2010, como un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales.
En el ámbito de la Seguridad Social, la cotización por contingencias profesionales se calcula en relación con la siniestralidad de la actividad económica desarrollada por la empresa y con los riesgos específicos de cada actividad.
Se premia bajo este ámbito a aquellas compañías cuya siniestralidad es claramente inferior a las de su sector, pudiendo beneficiarse compañías de todos los ámbitos siempre que coticen a la Seguridad Social por contingencias profesionales.
Aquellas con las mejores siniestralidades se ahorran el citado 5% del importe de dichas cuotas por contingencias profesionales correspondiente al periodo de observación, que puede ser de hasta cuatro años. Si se constata que han iniciado acciones adicionales para reducir los riesgos laborales es cuando se reconoce otro 5%, siempre con un tome máximo equivalente al importe de dichas inversiones complementarias.
Para poder acceder a la rebaja, las empresas tienen que presentar la solicitud ante la mutua colaboradora de la Seguridad Social en la que tengan concertada la protección por contingencias profesionales, estar al corriente de sus obligaciones con el organismo y no haber sido sancionadas.
Deben, además, haber haber cotizado a la Seguridad Social durante un periodo de observación de hasta cuatro años con un volumen total de cuotas por contingencias profesionales superior a 5.000 euros o haber alcanzado un volumen de cotización por contingencias profesionales de 250 euros en un periodo de observación de cuatro ejercicios.
(SERVIMEDIA)
10 Abr 2019
ECR/caa