Infancia

Los niños que sufran delitos graves podrán denunciarlos hasta que cumplan 50 años

- Según el anteproyecto de Ley de Protección de la Infancia que este viernes aprobó el Gobierno

MADRID
SERVIMEDIA

El Gobierno aprobó este viernes el anteproyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, que entre otras medidas contempla una importante ampliación del plazo de prescripción de los delitos contra menores de edad.

Así lo anunció este viernes el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, tras la reunión del último Consejo de Ministros del año, en una rueda de prensa en la que explicó que el anteproyecto responde a "un compromiso personal" con los colecitvos de protección a la infancia.

"En los casos de tentativa de homicidio, delitos sexuales, lesiones agravadas, maltrato habitual y trata de seres humanos cometidos sobre personas menores de edad, el inicio del cómputo del plazo para su prescripción comenzará cuando la víctima cumpla los 30 años (actualmente el límite está en los 18 años).

El plazo de prescrición será de 10 o 20 años, según la gravedad de los ilícitos, cuando en la actualidad oscila entre 5 y 15 años. De este modo, los menores víctimas de delitos especialmente graves podrán denunciar hasta que ellos cumplan 50 años de edad (o 40 en todos los casos), cuando la edad límite máxima hoy en día son los 33 años.

En su intervención, Sánchez destacó que el anteproyecto implica considerar la edad "como agravante", endurece el acceso de los condenados al tercer grado, crea nuevos tipos delictivos en el ámbito de las TIC y prevé programas de rehabilitación.

REFORMAS

Impulsado por los ministerios de Justicia y Sanidad, Consumo y Bienestar Social, este anteproyecto implica la reforma de 11 leyes, entre ellas, el Código Penal. Supone una definición más amplia de de violencia, que abarca cualquier tipo de maltrato físico, psicológico y emocional, incluidos los castigos físicos o el trato negligente.

Además, endurece las condiciones de cumplimiento de los condenados por agresiones sexuales a menores, que no podrán acceder a los permisos penitenciarios o al tercer grado hasta que hayan cumplido la mitad de la pena, así como su acceso a la libertad condicional, impidiendo que el juez pueda anticiparla a las dos terceras partes de la condena.

El texto incluye un nuevo catálogo de delitos contra menores y adolescentes cometidos a través de Internet o de otras TIC, que incluye la incitación al suicidio, a la autolesión, a la comisión de delitos contra la libertad e indemnidad sexual o la promoción o facilitación de trastornos alimenticios.

JUICIOS

Estas nuevas infracciones se complementan con la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite al juez retirar contenidos ilícitos de páginas web como medida cautelar durante la investigación del caso. En todos los delitos sexuales y de trata, la condena conllevará la inhabilitación para cualquier profesión u oficio que suponga contacto regular y directo con menores.

El anteproyecto contiene otras novedades que afectan a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, a fin de evitar la excesiva exposición de los menores en los juicios. Entre estas, deja en manos del representante legal o del Ministerio Fiscal la decisión de si un menor debe o no declarar en un juicio; obliga a comparecer en el juzgado a los testigos familiares de la víctima menor de edad (hasta ahora estaban dispensadas), e impone a los jueces de instrucción el recurso a la prueba preconstituida (la que no tiene que reproducirse durante el enjuiciamiento) cuando el perjudicado tenga menos de 14 años. El juez o tribunal que se encargue después del juicio está obligado con carácter general a no llamar a los menores para que declaren en la vista salvo en situaciones excepcionales.

Asimismo, el texto incluye la obligatoriedad de formación inicial y continuada en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes y en violencia contra la infancia y la adolescencia para jueces y magistrados, miembros de la carrera fiscal, letrados de la administración de justicia y los funcionarios judiciales. Los internos condenados por este tipo de delitos tendrán que asistir a programas específicos de formación en estos temas con el fin de evitar su reincidencia.

El anteproyecto también prevé la creación de un nuevo adjunto al Defensor del Pueblo especializado en Infancia y Adolescencia, y establece el deber de cualquier persona que advierta una situación de desprotección, riesgo o violencia sobre un menor a comunicarlo ante la autoridad competente, sobre todo si trabajan en el mundo educativo, sanitario o en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

PROTOCOLOS

Así, los centros escolares deberán desarrollar protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra forma de violencia, y contarán con un coordinador de Bienestar y Protección para vigilar la correcta aplicación de los protocolos, que contemplarán la forma de iniciar el procedimiento, los sistemas de notificación y la coordinación de los profesionales responsables de cada actuación.

Del mismo modo, las entidades que realizan actividades de deporte y ocio con menores de manera habitual (y, en todo caso, la Red de Centros de Alto Rendimiento y Tecnificación Deportiva, federaciones deportivas y escuelas municipales) deberán contar con protocolos de actuación para la prevención, detección y actuación frente a posibles casos de violencia, así como con la figura del “Delegado de Protección”.

En el ámbito sanitario, se elaborará un protocolo común de actuación en coordinación con las comunidades autónomas donde se establecerá qué medidas se deben adoptar si se detecta un caso de violencia sobre una persona menor de edad. Los registros relativos a la atención de los menores de edad víctimas de violencia se harán constar en la historia clínica, lo que permitirá un mejor seguimiento de los casos que se produzcan.

Los funcionarios de servicios sociales de Atención Primaria serán reconocidos con la condición de autoridad pública, y se creará el Registro Central de Información sobre la Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, que recogerá los datos recabados por las administraciones públicas, el Consejo General del Poder Judicial, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales dispondrán de unidades especializadas en la prevención y detección de situaciones de violencia sobre los menores de edad.

(SERVIMEDIA)
28 Dic 2018
AGQ/AHP/gja