El Gobierno aprueba un real decreto-ley para que entren nuevas empresas ferroviarias en los servicios de larga distancia y AVE

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros reunido este viernes en Barcelona aprobó un real decreto-ley que modifica la vigente Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario que marca el mes de diciembre de 2020 como fecha de inicio para la entrada de nuevas empresas ferroviarias en el transporte de viajeros por ferrocarril en los servicios de larga distancia y alta velocidad.

Según informó el Ministerio de Fomento en un comunicado, a partir de dicha fecha cualquier empresa que disponga de la licencia de empresa ferroviaria y del certificado de seguridad, que otorga la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, y haya solicitado el uso de la infraestructura ferroviaria al administrador de infraestructuras, podrá prestar servicios en competencia con Renfe.

Sin embargo, dicha fecha no afecta a los servicios sometidos a Obligación de Servicio Público, que abarcan las Cercanías, Media Distancia y Avant. La normativa europea permite a los Estados miembros optar por que los servicios OSP no sean licitados obligatoriamente hasta 2023, período que puede ampliarse si existe un contrato vigente a dicha fecha.

Así, el departamento dirigido por el ministro José Luis Ábalos indicó que el real decreto-ley “ha optado por un enfoque prudente dentro de los servicios sometidos a Obligación de Servicio Público, asegurando que Renfe siga prestando estos servicios hasta la finalización del contrato firmado, que prevé una vigencia mínima de 10 años, ampliable cinco más”.

“De este modo se evita someter a las incertidumbres propias de un proceso de liberalización inédito en nuestro país a servicios esenciales para la sociedad y permite por otro lado asegurar la continuidad en su prestación, una planificación a largo plazo del servicio y la ejecución de las inversiones necesarias para garantizar un servicio de calidad al ciudadano”, añadió el ministerio.

(SERVIMEDIA)
21 Dic 2018
IPS/gja