El TC deniega la petición de Jordi Sánchez de revocar su prisión preventiva

MADRID
SERVIMEDIA

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad denegar la petición de Jordi Sánchez de suspender la prisión preventiva acordada y confirmada por los autos de la Audiencia Nacional de 16 de octubre y 6 de noviembre de 2017.

El TC se pronuncia así sobre la medida de cautelar de suspensión solicitada por el expresidente de ANC, pero no entra a analizar el fondo de la cuestión. La petición fue presentada el pasado 26 de noviembre por medio de un escrito incidental, que el Tribunal admitió a trámite el día 28 de ese mismo mes, en el que se señalaba la reciente publicación de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de 20 de noviembre de 2018 (asunto Selahattin Demirtas c. Turquía).

El recurrente consideraba en su escrito que dicha sentencia podía entenderse como una “circunstancia sobrevenida” cuyo contenido podía alterar los fundamentos de la decisión previa del TC de no suspender las resoluciones de la Audiencia Nacional que le incumben.

El auto del Tribunal Constitucional considera que la “circunstancia sobrevenida” alegada hace referencia a “un procedimiento en el que ni el Estado español ni el recurrente en amparo han sido parte”, por lo que no es de aplicación la sentencia invocada.

Por esta razón, “la sentencia Selahattin Demirtas c. Turquía no actúa de forma directa sobre nuestro sistema de protección de los derechos fundamentales, exigiendo una proyección automática de la ejecución de la misma”. De ahí que “no se trate de una circunstancia sobrevenida que pueda provocar un efecto automático en los procedimientos judiciales internos”.

(SERVIMEDIA)
20 Dic 2018
SGR/gja