11-M. VIUDAS Y HUÉRFANOS TIENEN DERECHO AL 20% DE LA BASE REGULADORA DE SU FAMILIAR Y COBRARÁN UN MÍNIMO DE 1.381 EUROS

MADRID
SERVIMEDIA

Las viudas y los huérfanos de las personas que fallecieron en los diferentes atentados de ayer en Madrid tienen una consideración especial a efectos de Seguridad Social y podrán cobrar como pensión el 200% de la base reguladora del familiar fallecido.

Según la legislación vigente en materia de Seguridad Social, si la persona fallecida no estuviese en situación de alta en la Seguridad Social, s tomará como base reguladora la mínima de cotización 1de4l Régimen General para mayores de 18 años.

En el caso de que el fallecido fuese pensionista, se tomará como base reguladora la correspondiente a la pensión de la que disfrutara esta persona.

"Las pensiones extraordinarias originadas por actos de terrorismo no estarán sujetas, en ningún caso, a los límites previstos con carácter general", dice la normativa.

Además, se garantiza una cuantía mínima que será similar al triple del Salario Mnimo Interprofesional (SMI), lo que, en virtud de la cuantía vigente en 2004 (460,5 euros), situaría la pensión mínima de 1.381,5 euros.

(SERVIMEDIA)
12 Mar 2004
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