Conflicto laboral
Convocado un paro general en Justicia contra la movilidad forzosa de más de 50.000 funcionarios
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Los sindicatos de la Administración de Justicia han convocado huelga general y una manifestación en Madrid el próximo 16 de noviembre “para frenar la mayor agresión de la historia a los derechos laborales de los funcionarios de Justicia”.
El pasado miércoles, delegados sindicales de toda España se manifestaron frente al Ministerio de Justicia para protestar contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, actualmente en tramitación parlamentaria, que abre la puerta a la movilización forzosa de más de 50.000 funcionarios de este ámbito. Además, se modifican aspectos que afectan al personal interino de refuerzo que deberían pasar por la negociación, según los sindicatos.
Por ello, el sindicato CSIF advirtió de que esta reforma, tras ser aprobada esta semana por el Congreso de los Diputados y pendiente de luz verde del Senado, “se ha realizado a hurtadillas y al margen de la mesa de negociación con los sindicatos”.
Además, considera que su trasfondo es “lamentable” porque “se intenta engañar a los funcionarios de Justicia colando el cambio de centros de destino en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ)”.
En este sentido, lamentó que tras meses de tramitación parlamentaria, se han introducido enmiendas a última hora que “no tienen nada que ver con su objetivo y se han incorporado graves modificaciones de las condiciones laborales del colectivo”.
Para frenar esta “agresión sin precedentes”, los sindicatos CSIF, STAJ, CCOO y UGT han convocado además concentraciones todos los días laborables de 10.00 a 10.30 horas desde el 6 hasta el 16 de noviembre a las puertas de los centros de trabajo.
En concreto, los sindicatos denuncian que con esta reforma normativa se unifican en uno solo los centros de destino de cada municipio, se aprueba la movilidad forzosa a cualquier puesto de trabajo de la misma localidad, a criterio del gestor correspondiente, y se prohíbe el incremento de plantilla y la asignación de más medios materiales, cuando se designen jueces de refuerzo.
Además, en caso de ausencia que no suponga vacante, su sustitución transitoria solo se producirá si se trata de ausencia de personal titular, pero no si la ausencia es de personal interino.
(SERVIMEDIA)
02 Nov 2018
DSB/caa