La empresa pública del agua de Valladolid cobró el servicio de forma ilegal en 2017 a los abonados

- El TSJ de Castilla y León tumba la ordenanza reguladora de la tasa del ciclo integral del agua del Ayuntamiento

- Los vallisoletanos podrían impugnar la tasa del agua de 2017 y 2018

MADRID
SERVIMEDIA

El Tribunal de Justicia de lo Contencioso-Administrativo de Castilla y León ha anulado en una sentencia la ordenanza fiscal reguladora del ciclo integral del agua del Ayuntamiento de Valladolid, que factura Aquavall. En consecuencia, además de tener que pagar las costas del pleito, el Consistorio podría tener que devolver dinero a los abonados de la empresa pública del agua por confundir tasa con tarifa.

La sentencia, fechada el pasado 14 de junio, anula la ordenanza fiscal del ciclo integral del agua aprobada por el Ayuntamiento de la capital vallisoletana el 6 de junio de 2017, que venía aplicando Aquavall desde el 1 de julio de 2017 tras la remunicipalización del servicio de aguas.

El TSJ afirma que la ordenanza es contraria al ordenamiento jurídico al establecer irregularmente el devengo y el periodo impositivo, lo que provoca que la “inadmisible omisión/indefinición” de estas cuestiones provocaría el riesgo de que pudiesen ser modificadas en cualquier momento del año, cuestión que no podía suceder con la anterior ordenanza vigente antes de la remunicipalización.

Aunque el Ayuntamiento de Valladolid aprobó una nueva ordenanza fiscal para 2018, la misma sigue conteniendo las mismas irregularidades que se mencionan en la sentencia del TSJ.

Uno de los argumentos por los cuales el Consistorio fundamentó la municipalización, descartando con ello otras fórmulas de colaboración público-privada, fue que el servicio únicamente se podría gestionar directamente, sobre la premisa de que la tarifa del servicio debía ser una tasa, que únicamente podía ser recaudada por una Entidad Pública Empresarial, Aquavall, tasa ahora anulada por esta sentencia.

Con esta sentencia los abonados tendrían derecho a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas conforme a la ordenanza anulada por el TSJ o posibles reclamaciones futuras en las siguientes liquidaciones o facturas de la tasa giradas por Aquavall, tras la nulidad de la ordenanza decretada por el TSJ.

La sentencia del TSJ recuerda que, a partir del 9 de marzo de 2018, este tipo de ingresos deben cobrarse mediante "tarifas" (prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario) y no tasas/tributos. Por lo tanto, las tasas que hoy en día cobra Valladolid no se ajustarían a la legalidad vigente.

(SERVIMEDIA)
22 Jun 2018
s/caa