El Supremo confirma la expulsión de Falange de la causa contra Garzón

- El tribunal deja vía libre para juzgar a Garzón por su investigación del franquismo

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la expulsión de Falange Española de las JONS de la causa abierta contra Baltasar Garzón por la memoria histórica, una decisión que impide definitivamente que el partido de extrema derecha pueda acusar al juez por su investigación de los crímenes del franquismo.

Al desestimar el último recurso que quedaba pendiente el Alto Tribunal deja vía libre para sentar a Garzón en el banquillo de los acusados en una causa en la que piden para él 20 años de inhabilitación por un delito de prevaricación.

La Sala de lo Penal debe ahora dictar auto de señalamiento de vista oral para fijar una fecha para la celebración del juicio contra el juez, que en la actualidad se encuentra trabajando como asesor de la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional tras haber sido suspendido cautelarmente por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

En concreto, el Tribunal Supremo ha desestimado a través de dos autos hechos públicos hoy los recursos presentados por Falange contra la decisión del instructor, el magistrado Luciano Varela, de decretar su expulsión de la causa.

Varela tomó esta decisión el pasado 23 de abril después de que Falange, una de las tres acusaciones –junto a Manos Limpias y Dignidad e Identidad- que estaban personadas en la causa contra Garzón, no presentara a tiempo un nuevo escrito de acusación contra el juez con las correcciones solicitadas.

El instructor había dado un día de plazo a Falange para que subsanara los errores de su primer escrito de acusación, ya que contenía "múltiples valoraciones" ideológicas y de carácter personal, en vez de realizar una adecuada descripción de los hechos.

Varela ya advirtió de que, en caso de no corregir su escrito, Falange no podría formular acusación contra Garzón. El magistrado entendió que el partido de extrema derecha había presentado el nuevo escrito fuera de plazo, por lo que decretó su expulsión.

EXPULSIÓN CORRECTA

En los autos hechos públicos hoy, los magistrados de la Sala de lo Penal, presididos por Juan Saavedra, señalan que “no se ha producido indefensión alguna imputable al órgano judicial ni vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva”, por lo que concluyen que la expulsión de Falange fue ajustada a derecho.

El tribunal destaca “la importancia de la improrrogabilidad de los plazos en el proceso penal” y recuerda que “el derecho a la tutela judicial efectiva no es un derecho de libertad, ejercitable sin más a partir de la Constitución, sino un derecho de prestación que sólo puede ejercerse por los cauces que el legislador establece”.

Sostiene asimismo que, de haber existido indefensión, esta fue generada por Falange “con su propio comportamiento omisivo o falta de necesaria diligencia” al no presentar un nuevo escrito dentro de plazo.

En este sentido, los magistrados señalan que el plazo conferido para subsanar el defecto del primer escrito “no venía determinado por la ley, sino por una resolución judicial” del propio Varela.

VOTO PARTICULAR

Estas resoluciones han contado con el voto particular discrepante del magistrado Joaquín Giménez, quien, a pesar de sostener que la expulsión de Falange es correcta, entiende que ésta se tuvo que producir desde el momento en que presentó un escrito de acusación defectuoso, sin dar un plazo de subsanación.

La Sala de lo Penal desestimó en septiembre los dos últimos recursos presentados por el propio Garzón.

Además del proceso por los crímenes del franquismo, Garzón se encuentra imputado en el Tribunal Supremo en otros dos procedimientos: por ordenar intervenir las conversaciones mantenidas en prisión entre los principales imputados del "caso Gürtel" y sus abogados y por no abstenerse en una querella contra los responsable del Banco Santander a pesar de que esta entidad bancaria subvencionó los cursos que el juez impartió en Nueva York.

(SERVIMEDIA)
18 Oct 2010
DCD/jrv