Cataluña

Llarena informa a Alemania que el auto de procesamiento es una resolución ejecutiva equivalente a una OED

MADRID
SERVIMEDIA

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha informado a Alemania que, para evitar el error de interpretación de las autoridades belgas, el auto de procesamiento contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont que sustenta la OED (Orden de Detención Europea) librada el pasado 23 de marzo es equiparable a una orden de detención y, por tanto, cumple los requisitos de la Decisión Marco relativa a la Orden de Detención Europea.

En una carta dirigida a la fiscal jefe del tribunal alemán que debe resolver la entrega de Puigdemont, Llarena explica que ayer un tribunal de Bruselas denegó la entrega de otros investigados en este mismo procedimiento, basándose en que la OED no mencionaba ninguna orden de detención nacional previa a su emisión y que no consideran que el auto de procesamiento que contempla nuestro ordenamiento jurídico fuera equiparable a esa orden de detención, pese a que el Tribunal Supremo español le informó de lo contrario.

El magistrado considera contrario al principio de confianza recíproca que se valore la naturaleza jurídica de resoluciones previstas en el ordenamiento jurídico español, discrepando de la que el Tribunal Supremo ha informado que tienen.

Llarena, en aras de “evitar alegatos de parte que puedan conducir al mismo error”, informa a Alemania de que el auto de procesamiento se incluiría como una de las resoluciones judiciales previstas en el artículo 8.1 de la Decisión Marco del Consejo, según el cual, la información que debe contener una OED es “la indicación de la existencia de una sentencia firme, de una orden de detención o de cualquier otra resolución judicial ejecutiva que tenga la misma fuerza prevista en el ámbito de aplicación de los artículos 1 y 2”.

LLarena recuerda que el auto de procesamiento que sustenta la OED que ha cursado recogía los hechos y responsabilidades atribuidos a Puigdemont, una vez terminada la fase de investigación y se acordaba la medida cautelar de prisión que había sido adoptada al inicio de la misma.

A partir de ese momento, en España, añade LLarena, “dicha resolución es la resolución ejecutiva respecto de la prisión provisional de Carles Puigdemont”. En virtud de esa resolución, Puigdemont sería inmediatamente detenido e ingresado en prisión si fuera encontrado en España o se procediera a su entrega.

(SERVIMEDIA)
17 Mayo 2018
SGR/gja