Baleares aprueba un decreto que mejora la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas

MADRID/PALMA DE MALLORCA
SERVIMEDIA

El Consejo de Gobierno balear aprobó este viernes un decreto por el cual se refrenda el Reglamento para la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas.

Los detalles los ofreció en rueda de prensa el consejero de Vivienda y Obras Públicas, Jaume Carbonero, quien explicó que su finalidad es definir los conceptos básicos necesarios en materia de accesibilidad, establecer las medidas necesarias de espacio para permitir el movimiento e indicar los aspectos que se tienen que tener en cuenta a la hora de diseñar en el entorno urbano, la edificación y los sistemas de transporte y de comunicación.

Todo ello supone el desarrollo de la Ley 3/1993 y de la normativa estatal básica. Además, se incorporan las novedades legislativas del ámbito estatal surgidas desde que se aprobó el anterior decreto, entre otras, el Código Técnico de Edificación.

En definitiva, dijo Carbonero, lo que se pretende es "aproximar al máximo nuestra comunidad al concepto de accesibilidad universal y una de las áreas más importantes para conseguir la efectividad de la política de integración de las personas con discapacidades físicas, psíquicas y sensoriales es la adaptación del entorno urbano a las necesidades de estos colectivos".

Este reglamento es de aplicación en todas las actuaciones públicas o privadas en materia de urbanismo, edificación, transporte y comunicación que tengan que disponer de la correspondiente licencia o autorización legalmente exigibles. Concretamente, se aplica a las edificaciones y espacios públicos de nueva construcción; los cambios de uso, reformas o rehabilitaciones integrales en edificios existentes; los espacios públicos urbanizados y los elementos que los componen; y en las actuaciones en materia de transporte.

En este documento quedan definidos hasta 27 conceptos entre los cuales destacan las definiciones de barrera arquitectónica, de persona con movilidad reducida y de reforma o rehabilitación integral de un edificio, entre otros.

Así mismo, recoge la obligación de señalizar los peligros, de adecuar los sistemas de alarma y de emergencia y de incorporar los símbolos de accesibilidad en los lugares, espacios, edificios y medios de transporte.

(SERVIMEDIA)
15 Oct 2010
LMB