Tesoro de Sijena

El Gobierno devolverá a Aragon un tesoro que Cataluña se negaba a entregar a un juez

MADRID
SERVIMEDIA

El ministro de Educacion, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo, devolverá a Aragón los bienes del tesoro del Monasterio de Sijena (Huesca) que actualmente se encuentran en el Museo de Lérida y que la Generalitat de Cataluña se negaba a entregar a la comunidad vecina pese a ordenarlo una sentencia judicial.

Méndez de Vigo recibió este martes el requerimiento enviado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Huesca, que ahora reclama que sea el Gobierno de España quien ordene la devolución de los bienes a Aragón al haber asumido las competencias correspondientes de la Generalitat en virtud del artículo 155 de la Constitución.

El ministro respondió al juez que va a proceder "inmediatamente a dar instrucciones a los órganos competentes del Departament de Cultura de la Generalitat de Catalunya para que se proceda al cumplimiento de la sentencia" que obliga a devolver el tesoro de Sijena a Aragón.

Además, avanzó que piensa "solicitar inmediatamente la información que ese Juzgado requiere respecto a la ubicación exacta de todas y cada una de las piezas pendientes de entrega, así como de la fecha en que se procederá a la entrega de los bienes, y medios por los que ésta se hará efectiva".

"Tan pronto como se reciba contestación a dicha solicitud de información, se procederá a trasladar la misma a ese Juzgado", transmite el ministro Méndez de Vigo en el escrito, al que tuvo acceso Servimedia.

Méndez de Vigo subraya en el escrito de contestación que cualquier actuación al amparo del artículo 155 de la Constitución debe "garantizar el funcionamiento de la organización administrativa ordinaria que, según el artículo 71 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, es la Administración de la Generalitat, a la que corresponde el ejercicio de las funciones ejecutivas".

En este sentido, indica que "el ejercicio de estas funciones ejecutivas se debe realizar, en cualquier caso, según la legislación autonómica de aplicación, sin perjuicio de las medidas que se puedan adoptar al amparo del Real Decreto 944/2017, de 27 de octubre de 2017, para dar cumplimiento al requerimiento formulado".

(SERVIMEDIA)
28 Nov 2017
PAI/gja